UNA LEY SIN NÚMERO
Una ley sin número
Los judiciales es decir esas personas que forman parte de los tribunales, son seres poderosos. Menciono judiciales y no jueces, porque el sistema -al menos el argentino- está integrado no solamente por jueces. En cada juzgado hay unas quince personas con distintas denominaciones y funciones, a los que se añaden los que laboran en fiscalías, defensorías de incapaces, cámaras de apelaciones, etc
Es muy claro que todos y cada uno toman decisiones que tocan a otras personas. Disponen de la capacidad y del poder de afectar definitivamente a otros como mínimo en lo que es mas valioso: su tiempo. Simplemente haciendo o no haciendo su trabajo consumen vida ajena.Tenemos diversos motivos para hacer cada cosa, o adoptar cualquier actitud, hasta la que parece más insignificante.
Cuando hacen o no hacen algo dentro de su trabajo hay razones que pesan en la acción, que no siempre serán importantes o correctas, pero al final inclinarán los resultados. Son bastante conocidas algunas de esas fuerzas, que tienen puntos en común entre hombres y animales.
El uso de menos esfuerzo para conseguir un resultado, tener presente un alerta de autodefensa o autoconservación, ahorrar energía física y mental, sobrevivir, perpetuar la propia especie, son motivos que siempre están y estarán presentes en mayor o en menor medida en lo que hagamos en definitiva.
Menos veces pesa el altruismo, la generosidad, la abnegación o el desprendimiento y es comprensible que así sea: el primer requisito de todo hombre, incluyendo a los generosos y desprendidos es el de estar vivo y con ciertas necesidades cubiertas. Cualquier acción trascendente hacia el prójimo se suspenderá ante una piedra en el zapato. El santo detendrá su camino, removerá ese obstáculo pequeño, personal pero relevante y luego de que logre un alivio, quizás continuará ocupándose del otro. Un poco lo que condensa ese refrán italiano que recuerda “primo mangiare e dopo filosofare” y que el humor de los curas resume en “antes de la mística un poco de mástica”.
Todos estos factores, que son vitales, obran también en los operadores judiciales, es decir esos que toman decisiones que debieran estar fundamentadas en las leyes y que en definitiva impondrán a otras personas la obligación de adoptar o no ciertas conductas.
El ordenanza que no lleva enseguida un expediente a la cámara de apelaciones para que pueda ser resuelta una apelación tiene un poder enorme e inapelable, porque ese lapso que es sustraído a alguna persona es una decisión nada más que de él. Un empleado de la mesa de entradas que no lleva un escrito al que lo despacha, también está ejerciendo un enorme e incontrolable poder sobre otro, que no tiene forma alguna de resarcir el tiempo ya definitivamente perdido.
Todos los judiciales son poderosos y cuando eligen un camino para otros tienen en cuenta antes sus propias necesidades esenciales que son aproximadamente las siguientes: 1) conservar su remuneración; 2) mantener las circunstancias que hacen necesario su puesto de trabajo; 3) cuidar su propia inserción en ese lugar de trabajo y si es posible en uno mejor pagado; 4) dedicar el menor esfuerzo posible siempre que no se comprometan los puntos 1, 2, y 3.
Antes de resolver o decidir nada relacionado con otro, el judicial tiene en cuenta estos cuatro puntos propios.
Son leyes o artículos mas fuertes que cualquier tratado internacional, que la constitución, que las leyes o reglamentos, porque hacen a la supervivencia del operador. Conviene tenerlo en cuenta porque explican por sí solas muchas de las actitudes que nos parecen difíciles de entender cuando nos toca entrar en contacto con estos organismos.
Al recordarlo se podrá comprender mejor por qué se demoran muchas veces las decisiones de los que intervienen en cuestiones penales que comprometen a funcionarios políticos. Es la aplicación de estos principios básicos lo que alienta a no decidir nada siempre que sea posible seguir cobrando el sueldo y no ver en dificultades la continuidad del empleo.
Ese mismo instinto de supervivencia que prevalece sobre cualquier teoría se puede advertir en el funcionamiento del llamado garantismo o abolicionismo penal. Llevado al extremo, este conjunto de ideas conduciría a la eliminación de los jueces penales, de sus empleados, de las cárceles y sus empleados, de los abogados penalistas y sus empleados de la policía y los policías. En su esencia el garantismo no cree que el Estado deba hacer nada para reprimir delitos o enmendar a ninguna persona pero contiene la paradoja de que quedarían desocupados todos los que actualmente viven de ese sistema.
Por este temor los garantistas reducen la intensidad concreta de sus postulados, ya que perciben que si no demuestran aunque sea una mínima proporción de acción visible su supervivencia estará en peligro. Mantienen así una actividad que es ficticia -porque no produce ningún resultado positivo en la aplicación de las leyes- pero que permite que los puntos 1 a 4 siempre estén asegurados. Del total de las causas que tramitan sólo un cinco por ciento produce alguna demostración efectiva que pueda ser reconocida por la sociedad. Esa baja intensidad, sin embargo, es suficiente como para que nadie tome la decisión de echarlos a todos por inútiles y asegura el puesto y el sueldo.
Los constantes reclamos públicos por su pésimo funcionamiento, que generalmente incluyen la ingenua demanda de aumentar el número de ineptos en lugar de despedir a los que ya están, suenan agradables a los oídos de los judiciales, porque no ven nunca amenazados sus preciosos puntos 1 a 4.
Como regla general, se cumple en cualquiera que sea el lugar de acción del judicial.
En los conflictos laborales han descubierto que es más simple y descansado creer la versión del empleado y darle la razón. Por un lado actúa la entendible solidaridad de clase, porque al fin y al cabo tanto el que reclama como el que escucha a los testigos y prepara los textos que el juez firmará sin leer, son empleados. Por otro porque estar del lado del demandante nunca puso en peligro los puntos 1 a 4. Al contrario. El que pide está contento de que le den dinero aunque no tenga razón. Su abogado feliz porque se lleva una tajada y además otra que pone el empleador. El abogado del patrón ya ha concientizado a su cliente de que siempre se pierde y el empleador tampoco sufre demasiado porque puede aumentar el precio de lo que él vende o pagar menos impuestos. Si una de las partes interesadas es un sindicato la solución es clara y evidente: sólo ellos pueden contratar bombos, repartir remeras y gorritos, cortar la calle y presentar supuestos trabajadores que en realidad sólo son alquilados presenciales.
Como es sabido hay jueces y juzgados de familia. Los que trabajan en estos temas sobreviven sin mayores riesgos. La mayor parte de lo que resuelven son problemas de personas muy pobres que deben aceptar y conformarse con cualquier orden del juzgado sin contar con una defensa paga e independiente. Los pobres están obligados a usar abogados pagados por el Estado. Esos abogados a su vez aplican para si las mismas reglas de supervivencia que los judiciales. Por eso, por más que su título empiece con “Defensor de” la realidad es que todos son, en primer lugar defensores de sí mismos y de la continuidad de su empleo. Cualquier situación que ponga en posible conflicto sus propios intereses o situación con la de su cliente será resuelta mediante la aplicación de las reglas 1 a 4. Esto sucederá tanto si el interesado es un niño, como si se trata de un enfermo mental o una víctima de violencia doméstica.
Es necesario tener presente que los juzgados de familia resuelven muchos temas en combinación con organismos oficiales como las oficinas dedicadas a la adopción, hogares de niños, defensorías de los distintos barrios, policía, hospitales. En todos esos lugares los que son empleados tienen las mismas características de supervivencia y cumplen a rajatabla los principios 1 a 4. Eso explica que los niños se eternicen en hogares de tránsito o de amparo. Es porque los empleados que se ocupan no darán un solo paso que pueda poner en peligro su propia situación. El mejor seguro para conseguirlo es postergar, reunir más opiniones y hacer de cuenta que trabajan. En el caso de los enfermos mentales la burocracia hace supuestamente necesario que una persona sea revisada por seis profesionales para que se pueda resolver una medida de protección.
Por supuesto que queda un margen para que las leyes se apliquen bien. Siempre que los artículos 1 a 4 sean cumplidos antes.
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Si leíste hasta acá debo confesar algo: lo que acabo de escribir es una forma de mentir. Estoy exagerando, generalizando, dando como hechas por todos cosas que algunos no hacen. Pero sentí la necesidad y, aunque me doy cuenta, no puedo evitarlo. Para defenderme sólo se me ocurre pedir disculpas.
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